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Artículo 96
Además de lo señalado en el artículo 95 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y los Municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. En el caso del Poder Ejecutivo y los Municipios:
II. Adicionalmente en el caso del Poder Ejecutivo:
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